Las aseguradoras ya no podrán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico
La Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso a través de una resolución que las compañías aseguradoras que de vehículos ya no podrán ofrecer a sus clientes los servicios de grúa (remolque) y auxilio mecánico.
La medida, publicada en el Boletín Oficial como Resolución SSN 217.2024, modifica el reglamento para las aseguradoras y otorga un plazo de 90 días para efectuar el cambio, que se aplicará a cada usuario cuando termine el contrato vigente.
Se trata de un pedido que las compañías aseguradoras venían solicitando desde hace tiempo, al considerar que los servicios de remolque y auxilio mecánico no constituyen el espíritu de las pólizas.
En la resolución se establece que únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador.
Y expresa que ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”.
Con la supresión de los servicios de grúa y auxilio mecánico, surge el interrogante sobre si las compañías reducirán los costos para los usuarios, ya que pasarán a ofrecer menos prestaciones.
“No creo que las pólizas bajen de precio. Hay que ver si da alguien el primer paso o si se ponen de acuerdo entre las compañías para ofrecer lo mismo. Si no, va a pasar como se está viendo con las fábricas de autos. Cada uno pone sus precios, sus bonificaciones y se están canibalizando entre ellos. Acá lo que puede pasar es que la gente salga a cambiar de seguro de acuerdo a lo que le ofrezca cada compañía respecto a grúa y auxilio mecánico”, dijo a Infobae una fuente del sector.