COVID-19: Habilitan el sitio web para tramitar el “permiso de circulación” en La Pampa
Desde este viernes, a partir de las 18 horas, el Gobierno de La Pampa habilitó el sitio web donde las personas que realizan “actividades esenciales” pueden tramitar su permiso de circulación.
En este caso, haciendo click acá se podrá ingresar a la página. Es preciso recordar que las medidas restrictivas se tomaron hasta el día domingo 30 de mayo.
ACTIVIDADES HABILITADAS:
1. Agentes Convocados de Organismos Públicos Municipales, Provinciales y Nacionales.
2. Personal de Servicios de Justicia de turno.
3. Fuerzas Provinciales y Nacionales de Seguridad.
4. Atención médica, laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, ópticas con sistema de turno previo.
5. Comercios de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterias, veterinarias y provisión de garrafas.
6. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros elementos de necesidad.
7. Estaciones expendedoras de combustibles.
8. Locales gastronómicos, locales de comidas preparadas y/o de comidas rápidas.
9. Servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria.
11. Servicios funerarios, entierros y cremaciones.
12. Atención de comedores y merenderos.
13. Mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, telecomunicaciones, internet, servicios digitales, combustibles) y atencion de emergencias.
14. Reparación y mantenimiento de vehículos afectados EXCLUSIVAMENTE a tareas o servicios básicos .
15. Recolección de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
16. Servicios postales y distribución de paquetería.
17. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.
18. Servicios de Vigilancia, limpieza y guardia.
19. Transporte público de pasajeros, mercaderías y combustibles.
20. Operación de aeropuertos, operación de garages y estacionamientos.
21. Encargados de Edificios.
22. Atención de personas con discapacidad, asistencia a personas mayores, a niños/as o adolescentes o víctimas de violencia de género.
23. Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden.
24. Actividades autorizadas por el Banco Central de la República Argentina
25. Actividades Impostergables de Comercio Exterior.
26. Comercios ÚNICAMENTE sin atención al público
