MÁS DE 800 MUJERES PAMPEANAS PODRÁN ACCEDER A UNA JUBILACIÓN
Desde ANSES confirmaron que ya se pueden pedir los turnos para gestionar el beneficio. Alcanza a mujeres con hijos que no reúnen los años de aportes necesarios.
A partir del Decreto 475/2021 publicado en el Boletín Oficial el pasado 17 de julio, el Gobierno Nacional amplió la cobertura de la Seguridad Social permitiendo el acceso a cerca de 155 mil argentinas que no contaban con los aportes previsionales necesarios para jubilarse y que ahora podrán acceder a una jubilación gracias al reconocimiento de períodos de aportes por tareas de cuidado.
Del total de beneficiarias del país, 850 viven en la provincia de La Pampa, informaron desde el organismo.
Se trata de mujeres con hijos que con 60 años o más no alcanzan a reunir los 30 años de aportes necesarios para iniciar un trámite jubilatorio.
Además, ANSES informó que desde el jueves se pueden solicitar turnos a través de la web del organismo para el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado. Los mismos serán otorgados a partir de este lunes 2 de agosto y se pueden solicitar ingresando a https://www.anses.gob.ar/reconocimiento-de-aportes-por-tareas-de-cuidado.
A partir de la vigencia del Decreto pueden computar:
- Un año de aportes por cada hijo o hija.
- Dos años por hijo o hija adoptado o adoptada siendo menor de edad.
- Un año adicional por cada hijo o hija con discapacidad.
- Dos años adicionales en caso de que por el hijo o hija haya accedido a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses.
Asimismo, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas. Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes.
El trámite es con turno previo, DNI y la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas. Si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, es necesario llevar el Certificado de Discapacidad (CUD). Y si se trata de hijas o hijos adoptados, la sentencia de adopción.