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Milei califica de “idiotas” e “imbéciles” a las personas con discapacidad

Días atrás el gobierno nacional publicó un decreto que endurecía los requerimientos para otorgar pensiones por discapacidad y, en ese marco, se refiere a las personas con discapacidad con términos como “idiota”, “imbécil” y “débil mental”. Distintas organizaciones que representan a este colectivo presentaron un reclamo al Ejecutivo para derogar la normativa, a la que calificaron como de “violencia institucional sin precedentes”.

 

En línea con los mayores requisitos para entregar medicamentos gratuitos a los jubilados, el Gobierno nacional aumentó hace poco más de un mes los requerimientos para dar las pensiones por invalidez. Para esto, estableció una nueva escala para “evaluar cualitativamente el grado de deterioro psicofísico” y así definir si las personas solicitantes están o no aptas para trabajar.

 

En esa misma Resolución 187/2025, en una de las últimas páginas del anexo donde se detalla el baremo, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), que dirige Diego Orlando Spagnuolo, utiliza polémicos conceptos como “idiota”, “imbécil” y “débil mental” al describir los “retardos mentales”. “Según el CI los grupos son: 0-30 (idiota): no atravesó la etapa glósica, no lee ni escribe, no conoce el dinero, no controla esfínteres, no atiende sus necesidades básicas, no pude subsistir solo; 30-50 (imbécil): no lee ni escribe, atiende sus necesidades elementales, pueden realizar tareas rudimentarias; 50-60 (débil mental profundo): solo firma, tiene vocabulario simple, no maneja el dinero, puede realizar tareas rudimentarias”, señala el texto.

 

El repudio.

 

Al trascender el documento, siete organizaciones de personas con discapacidad, lideradas por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), presentaron un pedido al Gobierno para que se derogue el baremo. “Las expresiones que usa la normativa refuerzan la discriminación que ha existido históricamente y aún existe para las personas con discapacidad. Son términos obsoletos y peyorativos que implican una violación directa a la Convención, que en el artículo 8 establece el deber de los Estados de adoptar todas las medidas para fomentar el respeto y dignidad de las personas, luchar contra prejuicios y estereotipos. Usar estos términos es contrario a los deberes que establece este artículo en cuanto a la lucha contra la discriminación”, señala Eduardo Quiroga, abogado del programa Derechos de las Personas con Discapacidad de ACIJ.

 

En la misma sintonía, la presidenta de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), Gabriela Troiano, calificó el uso de esos términos como un acto de «violencia institucional sin precedentes». También remarcó que «es un acto discriminatorio que muestra un profundo desconocimiento de las personas con discapacidad y de la normativa vigente en la Argentina sobre cómo referirse a ellas», según publicó eldestapeweb.com

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