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Se cumplen cuatro años del fallo que le ordena a Mendoza un caudal mínimo para el Atuel

Hoy, martes 16 de julio, se cumplen 4 años del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que le ordenó a Mendoza garantizar un caudal mínimo permanente de 3.2 metros cúbicos por segundo para el río Atuel. Fallo que, hasta hoy, es incumplido por la provincia cuyana.

 

En julio del 2020, la Corte estableció que debe haber un caudal mínimo permanente de 3.2 m3 por segundo para el río Atuel, en el límite entre las provincias de La Pampa y Mendoza, como meta interina para comenzar a remediar el daño socioambiental.

 

«Cuatro años han pasado del fallo. Mendoza mantiene una postura cerrada y hace caso omiso del mismo, argumentando que la cuenca del Atuel es ‘deficitaria’ y que cumplirlo afectaría sus actividades productivas», escribió el secretario de Recursos Hídricos de La Pampa, José Gobbi, en el sitio Parlamentario.com.

 

«Sin embargo, un informe técnico reciente elaborado por la porción pampeana del Comité Interprovincial del Atuel, en base a datos de organismos gubernamentales mendocinos, da por tierra con ese argumento, al demostrar inequívocamente que hay suficiente agua disponible en la cuenca del Atuel (de hecho, siempre la hubo) y que es posible cumplir inmediatamente con el fallo del 2020 sin alterar ninguno de los usos productivos en Mendoza. Por lo tanto, el no cumplimiento por parte de Mendoza del caudal mínimo fijado por la Corte no reviste otra explicación más que su falta de voluntad para remediar una situación que perjudica a los pampeanos en particular, y al país en general», analizó.

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